domingo, 9 de enero de 2011

Ley 42/2010 "antitabaco".


Estimados lectores, antes de nada, y un poco tarde, os deseo un feliz año 2011. Retomo el blog, después de un largo paréntesis, y lo hago con la satisfacción de poder contaros que al fin, algo que se publicó el 23 de febrero de 2009, en este blog, se ha cumplido. Es acerca de la Ley 42/2010, sobre medidas sanitarias frente al tabaquismo, y demás mandanga. En la entrada http://curiosidadesencomprimido.blogspot.com/2009/02/las-aventuras-del-dr-buenagente-cap-2.html , publiqué que "Debe modificarse esta absurda Ley y recojer de una vez por todas, que en ningún sitio cerrado se puede fumar, a no ser que sea exclusivo para fumadores. Eso si es efectivo, por lo menos para los que no desean el humo de los demás". Me refería a la anterior Ley, que por fin modifica esta y hace que "el agua vuelva a su cauce". Señoras y señores, no se puede fumar en lugares con acceso público, y de ello nos debemos congratular todos. Parece que nunca lo diría, pero desde aquí le doy la enhorabuena a la señora Ministra de Sanidad, doña Leire Pajín, por tener el tesón y la gallardía de manterner esta norma, a pesar de las duras críticas recibidas. En este caso, no hay razones en contra, sólo a favor, y utilizar esto como arma arrojadiza política, carece de argumentos. Sólo podemos ponerle un pero a esta nueva Ley y es que aquellas personas que se gastaron una parte de sus ahorros en modificar sus locales para adaparlos a la Ley anterior, han perdido su dinero y su tiempo, y esto no se puede tolerar. Se podría modificar esta Ley, para dar la posibilidad de utilizar los habitáculos destinados a los fumadores por la Ley anterior, en aquellos locales que se adaptaron y por tanto, no generaría posibles indemnizaciones judiciales, por no poderlos utilizar según la nueva norma. Por todo lo demás, sólo reiterar mi agradecimiento, y el de muchas personas, por haber "sacado adelante" con tantas e increibles dificultades, esta necesaria norma.
Saludos, cordiales.

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