lunes, 10 de enero de 2011

GRADE, o como evaluar racionalmente un medicamento.

Últimamente, en el proceso de evaluación de intervenciones sanitarias, y dentro de ellas, la evaluación de medicamentos, se está imponiendo una nueva metodología, la cual se denomina mediante el acrónimo GRADE, que ha sido creada y desarrollada por un grupo de trabajo, capitaneado por el ínclito Dr. Guyatt. Seguramente, a estas alturas, el lector se preguntará el porqué de esta necesidad y en que se basa este sistema, para ser tan útil en la evaluación racional de cualquier intervención clínica. Pondré un ejemplo ilustrativo. Imaginemos que somos padres de familia, (bueno, algunos ya lo somos, jejeje), tenemos cuatro hijos, y seguimos estando felizmente casados. Decidimos que nuestro vetusto coche debe ser sustituido, y hacemos una lista con nuestras preferencias para decidir el nuevo modelo a adquirir. En la lista de la compra del nuevo vehículo, tenemos varios puntos, que para nosotros son muy importantes, y como mínimo deben ser satisfechos por el nuevo automóvil. En dicha lista, ponemos que el coche debe ser un monovolumen, con seis plazas como mínimo, con un gran maletero, reproductor de dvd para los niños, diésel, con neumáticos de precio contenido, precio global bajo, y estos puntos son los que tienen que ser satisfechos por el nuevo vehículo. Nos vamos a un concesionario y preguntamos al vendedor por un coche de las características de nuestra lista. El vendedor, nos dice que tiene algo mucho mejor, se trata de un coche precioso, y a un precio increíblemente bajo, aunque este precio triplica nuestro presupuesto. Es un deportivo tipo coupé, de dos plazas, con un maletero minúsculo, porque gran parte de su volumen, lo necesita para guardar el techo escamoteable. Tiene unas llantas preciosas, muy grandes, con unos neumáticos carísimos, y por supuesto, debajo del capó, hay un potente motor de gasolina de gran cilindrada. Tiene navegador gps, asientos de cuero, y un largo etcétera, pero no cumple los requisitos de nuestra lista. ¿Lo compraría usted?. Pues ahora vamos a ponernos en la piel de un paciente, el cual tiene una enfermedad crónica, y tiene unas prioridades en su "lista particular de su salud", como por ejemplo, disminuir su probabilidad de muerte, o de sufrir un infarto, o de sufrir un ictus, o de quedarse ciego. Sin embargo, para este paciente, existe un medicamento, que modifica su control de la hemoglobina glicosilada, e incluso ha demostrado que mejora su perfil lipídico, aunque en ningún momento, este medicamento ha demostrado mejorar ninguna de las necesidades de la lista del paciente. ¿Tomaría este medicamento?. Seguramente, muchos no comprarían el coche, viendo que el ejemplo es absurdo, pero el medicamento si lo tomarían, incluso le darían su crédito de bastante utilidad, sin que lo hubiese demostrado. Esto es lo que GRADE añade a la evaluación de medicamentos, sentido común, y es que los medicamentos deben satisfacer las necesidades del paciente informado, y no a la inversa, que es justamente como está pasando. Señores lectores, si un medicamento no ha demostrado disminuir los infartos, no podemos asumirlo por un razonamiento fisiopatológico. Repito, es la lista de resultados en salud, los que han de dirigir nuestra búsqueda hacia la evaluación de un medicamento (o intervención clínica en su amplio contenido), y no dejarnos llevar por inferencias personales o de recomendaciones sin fundamento bibliográfico.
Un cordial saludo.

domingo, 9 de enero de 2011

Ley 42/2010 "antitabaco".


Estimados lectores, antes de nada, y un poco tarde, os deseo un feliz año 2011. Retomo el blog, después de un largo paréntesis, y lo hago con la satisfacción de poder contaros que al fin, algo que se publicó el 23 de febrero de 2009, en este blog, se ha cumplido. Es acerca de la Ley 42/2010, sobre medidas sanitarias frente al tabaquismo, y demás mandanga. En la entrada http://curiosidadesencomprimido.blogspot.com/2009/02/las-aventuras-del-dr-buenagente-cap-2.html , publiqué que "Debe modificarse esta absurda Ley y recojer de una vez por todas, que en ningún sitio cerrado se puede fumar, a no ser que sea exclusivo para fumadores. Eso si es efectivo, por lo menos para los que no desean el humo de los demás". Me refería a la anterior Ley, que por fin modifica esta y hace que "el agua vuelva a su cauce". Señoras y señores, no se puede fumar en lugares con acceso público, y de ello nos debemos congratular todos. Parece que nunca lo diría, pero desde aquí le doy la enhorabuena a la señora Ministra de Sanidad, doña Leire Pajín, por tener el tesón y la gallardía de manterner esta norma, a pesar de las duras críticas recibidas. En este caso, no hay razones en contra, sólo a favor, y utilizar esto como arma arrojadiza política, carece de argumentos. Sólo podemos ponerle un pero a esta nueva Ley y es que aquellas personas que se gastaron una parte de sus ahorros en modificar sus locales para adaparlos a la Ley anterior, han perdido su dinero y su tiempo, y esto no se puede tolerar. Se podría modificar esta Ley, para dar la posibilidad de utilizar los habitáculos destinados a los fumadores por la Ley anterior, en aquellos locales que se adaptaron y por tanto, no generaría posibles indemnizaciones judiciales, por no poderlos utilizar según la nueva norma. Por todo lo demás, sólo reiterar mi agradecimiento, y el de muchas personas, por haber "sacado adelante" con tantas e increibles dificultades, esta necesaria norma.
Saludos, cordiales.